viernes, 28 de septiembre de 2012

Algo en que pensar...


La libertad común es una consecuencia de la naturaleza del hombre.
Su primera ley es velar por su propia conservación: sus primeros cuidos son los que se debe así mismo, tan pronto como llega la edad de la razón, siendo el solo juez de los medios propios para conservarla, adviene por ello su propio señor.

Rousseau, J. (1762).  El Contrato Social. (pág. 246)

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